Rentas informó que las exenciones del Impuesto Inmobiliario 2022 para personas adultas mayores y población vulnerable se otorgan de forma automática a quienes cumplen con las condiciones para obtenerla.
Para este año se otorgaron 147 mil exenciones, el 42% alcanzaron a contribuyentes adultos mayores, el 32% a personas en situación de vulnerabilidad social con una exención total, y el 26% con una exención al 50%.
Para conocer el estado de la exención, se puede ingresar al siguiente link y basta con colocar el número de DNI, CUIL o Cuenta del Inmueble.
¿Quiénes obtienen la exención en 2022?
Personas adultas mayores que cumplan con las siguientes condiciones:
- Tener 65 años o más, al 31 de diciembre de 2021.
- Ser titular o poseedor de un único inmueble edificado en el cual vivís y siempre que este tenga una base imponible para la anualidad 2022, menor o igual a $8.100.000. Consultá tu base imponible haciendo clic acá.
- Percibir ingresos netos totales inferiores a $76.200, al mes de noviembre de 2021.
- No tener más de dos automotores y su base imponible 2021, o la sumatoria de las dos, debe ser menor o igual a $2.100.000. Consultá tu base imponible haciendo clic acá.
- No tener más de una embarcación, con una base imponible 2021 menor o igual a $2.100.000.
Personas en situación de vulnerabilidad social que cumplan con las siguientes condiciones:
Impuesto Inmobiliario Urbano al 100%:
Tener menos de 65 años, al 31 de diciembre de 2021.
Ser titular o poseedor de un único inmueble edificado en el cual vivís y siempre que este tenga una base imponible menor o igual a $2.700.000. Consultá tu base imponible haciendo clic acá.
Percibir ingresos netos menores a $32.500, al mes de noviembre de 2021.
- No tener más de dos automotores y su base imponible, o la sumatoria de las dos, debe ser menor o igual a $2.100.000. Consultá tu base imponible haciendo clic acá.
- No tener más de una embarcación, con una base imponible menor o igual a $2.100.000.
Impuesto Inmobiliario Urbano al 50%:
- Tener menos de 65 años, al 31 de diciembre de 2021.
- Ser titular o poseedor de un único inmueble edificado en el cual vivís y siempre que este tenga una base imponible menor o igual a $4.100.000. Consultá tu base imponible haciendo clic acá.
- Percibir ingresos netos menores a $76.200, al mes de noviembre de 2021.
- No tener más de dos automotores y su base imponible, o la sumatoria de las dos, debe ser menor o igual a $2.100.000. Consultá tu base imponible haciendo clic acá.
- No tener más de una embarcación, con una base imponible menor o igual a $2.100.000.
Importante: En caso de titular registral o poseedor, condóminos, cónyuge o herederos, todos deberán cumplir las condiciones detalladas anteriormente, para acceder a la exención.
Para más información sobre las condiciones, ingresar a la página de exenciones de la web Rentas Córdoba.
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