Mediante una resolución publicada en el Boletín Oficial este lunes, modificó los montos legales.
Para estos tiempos de inflación y recesión, los montos parecen continuar siendo irrisorios. Pero desde la Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP) lo hizo.
La referencia es la modificación de los montos mínimos “a partir de los cuales las entidades financieras y las billeteras virtuales deben informar” distintos movimientos, que había dado a conocer a fines del mes de abril.
Desde ahora, quienes realicen gastos (ingresos o egresos, totales, incluidas transacciones, acreditaciones y retiros en efectivo), por más de 400 mil pesos, lo deberán informar al organismo, ya sea del titular o de adicionales. Antes era de 120.000.
A su vez, también se modificaron los doscientos mil pesos anteriores, y desde ahora deberán notificarse los saldos mensuales mayores a $ 700 mil.