La suba salarial se aplicará en cuatro tramos, según informó la Unión Personal Auxiliar de Casas Particulares (Upacp). Los valores provisorios del sueldo mínimo.
En diálogo con ElDoce.tv, la coordinadora de la entidad gremial, Fernanda Sánchez, reveló que el incremento será del 36%, calculado sobre el sueldo de junio de 2022, y se concretará en cuatro tramos: un 9% en agosto, otro 9% en septiembre, 9% en octubre e igual cifra en noviembre.
En el penúltimo mes del año se volverá a reunir la Comisión de Trabajo en Casas Particulares para hacer la revisión de una futura recomposición salarial.
Cuánto cobrarán en los próximos meses
Aunque todavía no salió el Boletín Oficial del acuerdo entre el Ministerio de Trabajo y la Comisión Nacional de Trabajadores de Casas Particulares, los aumentos tendrán los siguientes valores provisorios del sueldo mínimo.
Quinta categoría
Personal encargada de tareas generales como limpieza, lavado, planchado, mantenimiento y elaboración de comidas.
Agosto
-Personal con retiro: $395 por hora y $48.524 mensuales.
-Personal sin retiro: $425,50 por hora y $53.598,50 mensuales.
Septiembre
-Personal con retiro: $430,55 por hora y $52.891,16 mensuales.
-Personal sin retiro: $463,79 por hora y $57.651,36 mensuales.
Octubre
-Personal con retiro: $469,30 por hora y $57.651,36 mensuales.
-Personal sin retiro: $505,53 por hora y $62.839,98 mensuales.
Noviembre
-Personal con retiro: $511,53 por hora y $62.839,98 mensuales.
-Personal sin retiro: $551,02 por hora y $68.495,57 mensuales.
Cuarta categoría
Personal que realiza tareas relacionadas al cuidado de personas y preservación de una vivienda en donde habita con motivo del contrato de trabajo.
Agosto
-Trabajadores con retiro: $425,50 por hora y $53.598,50 mensuales.
-Trabajadores sin retiro: $477 por hora y $60.131 mensuales.
Septiembre
-Trabajadores con retiro: $463,79 por hora y $58.422,36 mensuales.
-Trabajadores sin retiro: $519,93 por hora y $65.542,79 mensuales.
Octubre
-Trabajadores con retiro: $505,53 por hora y $63.680,37 mensuales.
-Trabajadores sin retiro: $566,72 por hora y $71.441,64 mensuales.
Noviembre
-Trabajadores con retiro: $551,02 por hora y $69.411,60 mensuales.
-Trabajadores sin retiro: $575,72 por hora y $77.871,38 mensuales.
Tercera categoría
Personal que presta tareas relacionadas al cuidado de personas en general y mantenimiento de una vivienda en donde habita con motivo del contrato de trabajo.
Agosto
-$425,50 por hora y $53.598,50 mensuales.
Septiembre
-$463,79 por hora y $58.422,36 mensuales.
Octubre
-$505,53 por hora y $63.680,37 mensuales.
Noviembre
-$551,03 por hora y $69.411,61 mensuales.
Segunda categoría
Personal que lleva a cabo tareas específicas. Por ejemplo, cocinero/as contratados de forma exclusiva.
Agosto
-Trabajadores con retiro: $451,50 por hora y $55.304,50 mensuales.
-Trabajadores sin retiro: $495 por hora y $61.563 mensuales.
Septiembre
-Trabajadores con retiro: $492,13 por hora y $60.281,90 mensuales.
-Trabajadores sin retiro: $539,55 por hora y $67.103,67 mensuales.
Octubre
-Trabajadores con retiro: $536,42 por hora y $65.707,27 mensuales.
-Trabajadores sin retiro: $588,10 por hora y $73.143 mensuales.
Noviembre
-Trabajadores con retiro: $584,70 por hora y $71.620,93 mensuales.
-Trabajadores sin retiro: $641,03 por hora y $79.725,87 mensuales.
Primera categoría
Personal con cargo de supervisor. Se encarga de la coordinación y control de las tareas realizadas por dos o más personas a su cargo.
Agosto
-Trabajadores con retiro: $477 por hora y $59.527,50 mensuales.
-Trabajadores sin retiro: $522 por hora y $66.307 mensuales.
Septiembre
-Trabajadores con retiro: $519,93 por hora y $64.884,97 mensuales.
-Trabajadores sin retiro: $568,98 por hora y $72.274,63 mensuales.
Octubre
-Trabajadores con retiro: $566,72 por hora y $70.724,62 mensuales.
-Trabajadores sin retiro: $620,18 por hora y $78.779,34 mensuales.
Noviembre
-Trabajadores con retiro: $617,72 por hora y $77.089,83 mensuales.
-Trabajadores sin retiro: $676 por hora y $85.869,48 mensuales.
Adicional
La suba acordada también incluye un adicional por zona desfavorable equivalente al 30% sobre los salarios mínimos establecidos para cada una de las categorías. Alcanza a quienes trabajen en las provincias de La Pampa, Río Negro, Chubut, Neuquén, Santa Cruz, Tierra del Fuego, Antártida e Islas del Atlántico Sur, o en el Partido de Patagones de la Provincia de Buenos Aires.