Este martes fue presentado el Protocolo de actuación policial para el Uso Legal y Racional de la Fuerza, cuyo contenido abarca un conjunto de reglas obligatorias y estandarizadas que el personal de la Policía de Córdoba deberá cumplir para desarrollar sus distintas funciones. Tiene como objetivo brindar los más altos estándares en materia de seguridad laboral para el personal policial y el resguardo de los derechos humanos de la ciudadanía.
La exposición estuvo a cargo del ministro Mosquera, quien en el inicio de la presentación recalcó: «Este es un trabajo que encomendó hace aproximadamente 6 meses el señor gobernador de la Provincia y consecuentemente se conformó una comisión ad hoc interinstitucional integrada por el Ministerio Público Fiscal el Ministerio de Justicia y Derechos Humanos, el Ministerio de Seguridad, la Policía de la Provincia de Córdoba desde sus áreas de formación profesional y fue coordinada por reconocidos criminólogos».
“En estos años, el Gobierno de la Provincia de Córdoba ha tenido significativos avances en materia de democratización de sus fuerzas de seguridad. Y fundamentalmente, el pertinente respeto de los derechos humanos”, agregó el ministro.
También hizo referencia explícita al cumplimiento del accionar policial, remarcando que “el uso del arma de fuego es una excepción excepcionalísima y sólo debe emplearse cuando median riesgos inminentes para la vida del personal policial o de terceros”.
“Este protocolo será de cumplimiento obligatorio y será ley para los policías en el ejercicio de sus cargos, y aquellos oficiales, jefes o superiores que no estén a la altura de las circunstancias deberán abandonar de inmediato los deberes de su cargo sino tienen ni la capacidad, ni la voluntad ni la decisión de hacer cumplir la normativa”, indicó.
A su turno, el director General de Recursos Humanos de la Policía, Comisario Mayor, Julio Cesar Faría, explicó cómo se va a implementar la capacitación de los efectivos policiales en relación al nuevo protocolo: “Vamos a redoblar los esfuerzos para que cada uno de los efectivos de la fuerza reciban esta formación y puedan reentrenarse, dentro de los horarios de trabajo”.
“El aprendizaje será obligatorio para todo el personal policial, alcanzando a los 26 departamento de la provincia, por lo que hemos diagramado una planificación para que puedan lograr una capacitación mensual en los 20 días hábiles, una vez por mes, garantizando el desarrollo continuo de la formación”, aseguró.
Por último, Mosquera enfatizó que: “Siempre por delante estará el respeto de los derechos humanos, que no se configura solamente con la muerte de una persona. Aquí se deben desterrar de una vez para siempre todo tipo de hostigamientos, malos tratos, falta de respeto y atropellos, y agregó:
“Nosotros anhelamos una Policía respetuosa de la gente, que honre su uniforme, pero no sería ni justo ni leal conmigo mismo sino dijera que la inmensa mayoría de los hombres y mujeres que integran la Policía de la provincia de Córdoba sirven a la comunidad y honran a su uniforme”.
Mosquera estuvo acompañado por el secretario de Derechos Humanos, Calixto Angulo, el director General de Recursos Humanos de la Policía, Comisario Mayor, Julio Faría, la subdirectora de Programas Especiales del Ministerio de Seguridad, Mariana Carbajo y el especialista en Seguridad, Criminología y Prevención, y coordinador de la Comisión Interinstitucional, Claudio Stampalija.
Protocolo
El protocolo comprende tres capítulos y sus correspondientes anexos.
Entre sus puntos más sobresalientes se destacan los objetivos principales:
- Regular el uso de la fuerza por parte del personal de la Policía de la provincia de Córdoba propendiendo a la minimización de su uso para la protección de los derechos humanos.
- Brindar protección y seguridad al personal policial sobre la correcta manera en que debe usarse la fuerza.
- Otorgar pautas objetivas para el uso gradual y legítimo de la fuerza por parte del personal policial.
Otro de los artículos destacados es el referido a la prohibición del uso de la fuerza.
- Hostigamiento, entendido como el conjunto de prácticas que constituyen las relaciones entre el personal policial y la ciudadanía.
- Utilizar técnicas de defensa personal que impliquen riesgo para la vida de las personas.
- Efectuar disparos hacia una multitud.
- Efectuar disparos desde o hacia vehículos en movimiento. Se exceptúa esta regla en los casos en que se encuentre en riesgo inmediato, inminente y grave la vida del personal policial y/o la de terceras personas y no hubiere otra opción de abordaje de la situación.
- Efectuar disparos hacia un objetivo que no se encuentre lo suficientemente definido a través de ventanas, puertas, paredes u otros obstáculos.
- Efectuar disparos cuando éstos impliquen un riesgo inminente para terceros.
- Efectuar disparos para controlar a personas que solamente se encuentran causando daños a objetos materiales.
- Efectuar disparos para detener a personas cuyas acciones solamente pueden producir lesiones a sí mismas.
- Utilizar el arma de fuego directamente o como herramienta de disuasión frente a la huida de un control vehicular, la fuga de una persona legalmente aprehendida o perseguida para aprehender o la falta de cumplimiento de una orden verbal, salvo que se encuentre en riesgo inmediato, inminente y grave la vida del personal policial y/o la de terceras personas.
- Desenfundar o manipular un arma de fuego a menos que su uso potencial en la situación sea adecuado al presente protocolo, o si las circunstancias claramente requieren el uso del arma para controlar una situación peligrosa para la vida.