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LA CORTE AVALÓ EL CONTROL ESTATAL PARA EL AUTOCULTIVO DE CANNABIS MEDICINAL

PorF.B. (Admin 2)

Jul 5, 2022

La Corte Suprema de Justicia de la Nación rechazó una acción de amparo impulsada por la asociación Mamás Cannabis Medicinal (Macame) en contra de cualquier clase de intervención estatal sobre tratamientos con cannabis autocultivado con fines medicinales para sus hijos menores, informaron este martes fuentes judiciales.

El fallo unánime de los integrantes de la Corte se conoció este martes. Estuvo precedido por una audiencia pública realizada hace algo más de dos meses en la que expusieron como «amicus curiae» (amigos del tribunal) el Ministerio Público de la Defensa y el Procurador General de la Nación interino Eduardo Casal, los representantes letrados de cada una de las partes y de la provincia de Santa Fe.

En su fallo, el máximo tribunal del país priorizó el derecho a la salud y recordó que, según las normas vigentes, «está despenalizado el cultivo de cannabis con fines medicinales por parte de las madres de los menores», pero advirtió que el registro creado para el control estatal «es razonable». Macame había pedido la inconstitucionalidad de las normas sobre registro y autorización argumentado que el autocultivo de cannabis medicinal es una «acción privada», protegida por el articulo 19 de la Constitución Nacional, exenta del control y permiso del Estado, e invocó el derecho a la intimidad.

Pero el tribunal remarcó que la norma constitucional «reconoce al individuo un ámbito en el cual puede adoptar libremente las decisiones fundamentales acerca de su persona, sin intervención alguna por parte del Estado o de los particulares, en tanto esas decisiones no violen el orden, la moral pública o los derechos de terceros».

Según los jueces de la Corte, el objetivo del control estatal es evitar el uso indebido de medicamentos, determinar la peligrosidad de estos, su comprobada y comprobable acción y finalidades terapéuticas y sus ventajas científicas, técnicas o económicas, de acuerdo con los adelantos científicos.

«Las razones de salud y seguridad públicas involucradas resultan suficientes para justificar que el Estado expida autorizaciones administrativas en el marco de la ley 27.350 para el autocultivo y la elaboración de productos derivados del cannabis con fines medicinales», destacó la sentencia.

Fuente: Télam