El Gobierno Nacional promulgó la eliminación del trámite de fe de vida para el cobro de haberes previsionales.
Antes de esta ley, los jubilados y pensionados debían dar “fe de vida” para poder cobrar sus haberes. Este trámite se realizaba yendo presencialmente al banco, realizando compras por tarjeta de crédito o haciendo gestiones por cajero automático con huella dactilar.
De los aproximadamente 7,3 millones de pasivos del sistema previsional, más de 3,2 millones no deben presentar su fe de vida a partir de acuerdos entre el Estado y algunas entidades bancarias, en su mayoría, del sector público.
A través del Decreto 365/2023, la Nación establece: «los beneficiarios de jubilaciones y pensiones del Sistema Integrado Previsional Argentino (SIPA) y del Sistema de Pensiones no Contributivas quedan eximidos de la obligación de presentar la declaración de supervivencia o fe de vida».
Además, prohíbe a cualquier banco de realizar cualquier «trámite complementario con igual fin».