El beneficio extraordinario estará vigente hasta el 31 de enero de 2025.
- Es para el pago de deudas que se encuentren vencidas al 31 de octubre del corriente año y alcanza a todos los impuestos provinciales.
- La adhesión al plan se puede tramitar en la web de Rentas.
La Secretaría de Ingresos Públicos de la Provincia extendió el plazo para el pago de deuda vencida de multas e impuestos provinciales inmobiliario (urbano y rural), automotor, embarcaciones e ingresos brutos.
El beneficio extraordinario, que finalizaba este martes, estará vigente hasta el 31 de enero de 2025 y fue publicado hoy en el Boletín Oficial.
La medida brinda a los contribuyentes distintos plazos para abonar sus deudas vencidas, pudiendo elegir entre las tres cuotas sin interés y 18 cuotas con una tasa mensual del 1,5%.
Además, no se exigen anticipos; es decir que el plan queda conformado con el pago de la primera cuota.
Los puntos más salientes son:
✔ Se podrá incluir deuda vencida al 31 de octubre de 2024.
✔ De este modo, ahora se pueden tener más de dos planes de pago activos.
✔ Beneficio excepcional: interés de financiación reducido de acuerdo a la cantidad de cuotas.
✔ El beneficio estará vigente hasta el 31 de enero de 2025.
✔ La adhesión al plan se puede tramitar en la web de Rentas.
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