El Gobierno dispuso oficialmente este martes aprobar un protocolo para asistir a las personas o familias que no pudieron cumplir sus contratos de alquiler, a raíz de problemas económicos generados por la pandemia y las medidas de aislamiento. Se trata del «Protocolo nacional de alerta temprana de desalojos de vivienda única y familiar en regímenes de alquileres formales», que entró en vigencia por medio de la Resolución 5/2021 del Ministerio de Desarrollo Territorial y Hábitat, publicada este martes en el Boletín Oficial.
Se entiende por alquileres formales a aquellos contratos de locación de inmuebles declarados ante la AFIP.
Según lo dispuesto, este Protocolo se implementará en aquellos casos en los que locatarios vivienda única y familiar con alquileres formales, enfrenten procesos de mediación o judiciales de desalojo cuyos contratos hubieran estado alcanzados por el Decreto 320/2020.
A través de este mecanismo, el Poder Ejecutivo buscará sistematizar información y caracterizar los hogares que se encuentren atravesando procesos de desalojo en instancia de mediación o judicial.
Además, se va a desarrollar un registro que permita la identificación de la persona, familia o grupo conviviente y otros criterios, y proponer convenios de colaboración y asistencia para establecer marcos de actuación que propendan a evitar situaciones de vulneración de derechos humanos fundamentales.
A la vez, se establecieron «criterios de priorización» para la elaboración del listado de adjudicatarios de soluciones habitacionales que reconozcan: Familias monomarentales y monoparentales, Personas adultas mayores o en situación de vulnerabilidad, Víctimas de violencia de género, Personas con discapacidad y Personas en extrema pobreza y/o indigencia.
En este marco, el Ministerio de Desarrollo Territorial y Hábitat sostuvo que como consecuencia del impacto de las medidas sanitarias de Aislamiento Social, Preventivo y Obligatorio en la producción y el empleo, «numerosos hogares inquilinos se encontraron con crecientes dificultades económicas para cumplir con las obligaciones de pago emanadas de los contratos de alquiler».
Esos inquilinos, según el organismo, enfrentaron «diversas situaciones de dificultad para el pago de los montos de locación de los contratos vigentes, así como para afrontar los gastos de renovación de contratos o de la celebración de nuevos contratos, entre otras situaciones que pudieran derivar en el inicio de procesos de desalojo».
En ese sentido, recordó que por el Decreto Nº 320/20, se dispuso la suspensión hasta el 30 de septiembre de 2020 de la ejecución de las sentencias judiciales cuyo objeto sea el desalojo de inmuebles con contratos de locación destinados, entre otros usos, a vivienda única urbana o rural o en el caso de habitaciones destinadas a vivienda familiar o personal en pensiones, hoteles u otros alojamientos similares.
Esa medida fue prorrogada sucesivamente hasta el 31 de marzo último y a partir de este mes quedó sin efecto.
Fuente: NA