El Gobierno prorrogó por 90 días el congelamiento de las tarifas de luz y gas previstas en la Ley de Solidaridad Social y Reactivación Productiva, que vencía a fin de año, para comenzar a estudiar los cambios a implementar en la tarifas, con un sistema que diferenciará el monto de incremento según los ingresos de los usuarios.
A través del Decreto 1020/2020 publicado este jueves en el Boletín Oficial, Alberto Fernández extendió la intervención del ENRE y del ENARGAS por un año o “hasta que se finalice la renegociación de la revisión tarifaria”.
Tras una auditoría llevada a cabo por ambos organismos, se determinó que “las tarifas que registraron aumentos sustanciales para los servicios públicos no han sido justas, ni razonables, ni transparentes”.
Los entes reguladores le propusieron al Ejecutivo iniciar un proceso de renegociación de la revisión tarifaria vigente y proceder “a una reducción de la carga tarifaria real sobre los hogares, comercios industrias” que se ha verificado durante el 2020, “en razón del mantenimiento tarifario al observar la evolución de los montos a facturar a usuarios del servicio público y por otro lado la evolución del nivel general de precios, salarios y actividad económica”.
El ENRE y el ENARGAS estarán a cargo del proceso, cuyo plazo no podrá exceder los dos años desde su entrada en vigencia. Sin embargo, ambos organismos, dependientes de la Secretaría de Energía que conduce Darío Martínez, podrán prever “adecuaciones transitorias de tarifas”.
El objetivo de Martínez es comunicar una suba discriminada, donde el Estado aporte más o menos subsidios según la realidad económica de las familias. No habrá un incremento de subsidios, que se mantendrán entorno al 1,7% del PBI, sino que se redistribuirán de forma más equitativa, adelantó la Secretaría de Energía a minutouno.com cuando este portal anticipó la medida de aumentos diferenciados de los servicios públicos .
Ambos entes reguladores deberán organizar un banco de datos del proceso de renegociación, llevar adelante los regímenes de audiencia pública, de consulta pública y de participación ciudadana que resulten pertinentes.
“Los acuerdos definitivos o transitorios deberán formalizarse mediante actas acuerdo con las concesionarias o licenciatarias y los titulares del ENARGAS y del ENRE, así como del Ministerio de Economía, quienes los sucribirán ‘ad referendum’ del Poder Ejecutivo”, establece el artículo 5 del decreto. No obstante, “en caso de no ser factible arribar a un acuerdo”, el ENRE y el ENARGAS deberán dictar el nuevo régimen tarifario para los servicios públicos.