La Corte Suprema de Justicia de la Nación rechazó un recurso presentado por el Gobierno nacional y dejó firme una medida cautelar que ordena la aplicación de dos artículos de la Ley de Financiamiento Universitario, vinculados a la actualización salarial de docentes y no docentes y a la recomposición de programas destinados a estudiantes.
La decisión fue adoptada por los jueces Horacio Rosatti, Carlos Rosenkrantz y Ricardo Lorenzetti, quienes consideraron que una resolución sobre una medida cautelar no constituye una sentencia definitiva y, por lo tanto, no corresponde su revisión mediante un recurso extraordinario.
El origen del conflicto
La causa se inició a partir de un amparo colectivo promovido por el Consejo Interuniversitario Nacional (CIN) y distintas universidades nacionales, que cuestionaron la constitucionalidad del Decreto 759/2025, mediante el cual el Poder Ejecutivo condicionó la aplicación de la Ley 27.795 a la determinación de fuentes específicas de financiamiento.
En ese marco, la Justicia Contencioso Administrativa Federal ordenó al Estado cumplir de manera inmediata con los artículos 5 y 6 de la norma, que establecen la actualización de los salarios del personal universitario desde diciembre de 2023 y la recomposición de distintos programas de asistencia para estudiantes.
La cautelar no alcanza otros aspectos contemplados por la ley, como la recomposición integral del presupuesto universitario correspondiente a los años 2024 y 2025.
Un fallo con impacto institucional
Al confirmar la medida cautelar, la Corte mantuvo vigente lo resuelto por los tribunales inferiores, que habían advertido que la falta de aplicación de esos artículos podía afectar el funcionamiento de las universidades públicas y vulnerar el derecho a enseñar y aprender.
No obstante, el fallo llega pocos días después de que el Gobierno nacional alcanzara un acuerdo con las autoridades universitarias para actualizar los recursos destinados al sistema.
El entendimiento, firmado el pasado 10 de junio, contempla una recomposición salarial del 24,33% para docentes y no docentes, distribuida en un incremento del 21,33% en junio y otro del 3% en octubre. Además, prevé un aumento del 20% en los gastos de funcionamiento, una ampliación de 50.000 millones de pesos para hospitales universitarios y un incremento del 50% en las Becas Manuel Belgrano.
Si bien ese acuerdo reduce el impacto económico inmediato de la decisión judicial, el pronunciamiento de la Corte representa un respaldo a la vigencia de la Ley de Financiamiento Universitario y mantiene abierta la discusión de fondo sobre la constitucionalidad del decreto dictado por el Poder Ejecutivo.
